Inconstitucional, candado de 10 años para funcionarios

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional, e invalidó el candado de 10 años para que los funcionarios de mando superior no puedan emplearse en la iniciativa privada después de haber concluido el cargo.

Como parte de la acción de inconstitucionalidad 139/2019, promovida por los senadores de oposición Miguel Ángel Osorio Chong, Dante Alfonso Delgado, Miguel Ángel Mancera y Emilio Álvarez Icaza, el pleno de la Corte invalidó el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana.

Dicho párrafo establecía que: “los servidores públicos comprendidos en los grupos jerárquicos de mando superior a que se refiere el manual de percepciones previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Gobierno Federal, que por cualquier motivo se separen de su cargo, no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos diez años”.

La ministra Norma Lucía Piña Hernández, ponente del asunto, dijo que si bien la Constitución federal prevé restricciones a la libertad de trabajo en casos similares, la intensidad de estas restricciones previstas en la Constitución no supera los tres años, por lo que tanto es significativamente menor a lo previsto en la norma (Ley de Austeridad), y no se advierten razones constitucionales que excluyan a priori la posibilidad de que el Legislador ordinario justifique la necesidad y proporcionalidad de una restricción mayor a las previstas expresamente en la Constitución”.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá consideró desproporcional el periodo de prohibición establecido en la Ley de Austeridad, norma que fue promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada en 2019 por una mayoría de legisladores de Morena y aliados legislativos en el Congreso de la Unión.

Establece una restricción desproporcional a la libertad de trabajo e industria prevista en el artículo 5 de la Constitución federal”, refirió.

El ministro Luis María Aguilar también se pronunció en favor de invalidar la prohibición, pues argumentó que mientras la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos establece una prohibición de un año para casos similares, la Ley de Austeridad contempla 10 años, lo cual refiere un choque de criterios.

Por su parte, el ministro de presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, calificó como una norma sobre inclusiva la prohibición, mientras que la ministra Margarita Ríos Farjat calificó como injustificable la extensión del plazo para trabajar en la Iniciativa Privada.

El ministro Alberto Pérez Dayán resaltó que cuando aprobaron la norma, los legisladores incurrieron en una “diferencia de tacto injustificado” al haber incluido a todos los exfuncionarios de mando superior, sin contemplar que no todos tuvieron la misma responsabilidad ni conocieron de los mismos asuntos.

 

 

 

 

Información obtenida de: https://www.eleconomista.com.mx/politica/SCJN-invalida-impedimento-de-10-anos-para-que-exfuncionarios-trabajen-en-la-Iniciativa-Privada-20220404-0066.html